Reconocimiento curricular
¿Qué significa el reconocimiento curricular?
El reconocimiento curricular permite que la experiencia formativa desarrollada en el Programa de Incorporación Temprana en Proyectos de Investigación sea considerada dentro de la trayectoria académica del/la estudiante y contribuya al avance curricular en su plan de estudios.
Tipos de reconocimiento curricular
El reconocimiento curricular de la participación en el Programa ITEP contempla tres vías alternativas, que dependen de la carrera y el avance curricular de cada estudiante.
| Tipo | Plan de estudios | Modalidad | Créditos |
|---|---|---|---|
| A | Todas las carreras de la Facultad | Homologación de un Curso de Formación General (CFG) o un Curso de Formación Transversal (CFT). | 2 SCT |
| B | Psicología, Sociología y Trabajo Social | Homologación de un curso electivo u optativo. | 4 - 7 SCT |
| C | Antropología Física y Arqueología | Reconocimiento de horas como práctica profesional parcial (variable según la carga de trabajo semanal). | 2 - 6 SCT |
En el caso del reconocimiento tipo A, se podrán homologar créditos correspondientes a los cursos transversales de Facultad, con la excepción de los créditos asignados al curso “Desarrollo de habilidades comunicativas” (CFT Obligatorio).
Aspectos que debe revisar cada estudiante
Antes de postular, cada estudiante debe revisar:
- qué modalidad de reconocimiento curricular contempla su carrera (leer las bases para estudiantes);
- cuántos créditos SCT considera la modalidad de reconocimiento curricular que podría utilizar;
- si el número de horas de la convocatoria es compatible con su carga académica y otras responsabilidades;
- si requiere orientación adicional para comprender cómo se registrará la actividad curricular.
Inscripción de la asignatura
Para resguardar que la participación en ITEP no implique exceder la carga académica recomendada por la Universidad, correspondiente a 30 SCT semestrales, los/as estudiantes seleccionados/as deberán considerar oportunamente los créditos asociados a la modalidad de reconocimiento curricular que escojan.
La inscripción curricular de ITEP será gestionada por la Secretaría de Estudios una vez finalizado el período regular de inscripción de asignaturas. Sin embargo, esta inscripción solo podrá realizarse si el/la estudiante cuenta con carga académica disponible dentro del semestre correspondiente.
Por lo tanto, será responsabilidad de cada estudiante seleccionado/a dejar disponible la carga académica necesaria para la posterior inscripción curricular de la actividad ITEP. Los resultados de selección del programa serán informados antes del período regular de inscripción de asignaturas, de modo que cada estudiante pueda organizar oportunamente su carga académica semestral (revisa el calendario de postulación).
Si tienes dudas sobre tu caso particular, revisa las bases y consulta oportunamente a la Dirección de Investigación y Publicaciones antes de finalizar tu postulación.
Por ejemplo, si un/a estudiante quiere homologar su participación en ITEP como un CFG (2 SCT), deberá inscribir sus cursos del semestre procurando no superar una carga de 28 SCT.